• 466 06 20
  • 300 429 6595
  • info@turkanainmobiliaria.com

SUBSIDIOS DE VIVIENDA NO VIS, YA ESTAN FUNCIONANDO

SUBSIDIOS DE VIVIENDA NO VIS, YA ESTAN FUNCIONANDO

20 octubre, 2020 - Sin categoría

Los subsidios para vivienda No VIS ya son una realidad en Colombia con e el Decreto 1233 del 14 de septiembre del 2020. El decreto establece los requisitos y reglas para acceder a las 100.000 coberturas y subsidios para créditos hipotecarios y operaciones de leasing habitacional que irán hasta el 2022.

Los compradores de vivienda nueva con precios entre 118 y  438 millones en la mayoría del país, y para algunas regiones entre 131 y 438 millones*, tendrán la posibilidad de recibir una ayuda financiera al pago de las cuotas del crédito hipotecario o leasing habitacional.

Precios de viviendas No VIS en todo el país: 135 Salarios mínimos a 500 salarios mínimos. Es decir, $118.503.405 a $438.901.500

Precios de vivienda No VIS en 6 regiones principales: 150 Salarios mínimos a 500 salarios mínimos. Es decir, $131.670.450 a $438.901.500

* Estas son las 6 regiones cuyo tope mínimo de vivienda No VIS es de 150 salarios mínimos:

Bogotá: Bogotá, Chía, Cajicá, Cota, Facatativá, Funza, La Calera, Madrid, Mosquera, Sibaté, Soacha, Tabio, Tocancipá y Zipaquirá.  

Medellín: Medellín, Bello, Copacabana, Envigado, La Estrella, Sabaneta, Itaguí, Caldas, Girardota. 

Cali: Cali, Candelaria, Jamundí, Puerto Tejada y Yumbo.

Barranquilla: Barrranquilla, Galapaga, Malambo, Palmar de Varela, Ponedera, Sabanagrande, Sabanalarga, Santo Tomás, Sitionuevo y Soledad.

Bucaramanga: Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta.

Cartagena: Cartagena, Turbaco y Clemencia.

Así funcionan los subsidios:

Estos subsidios de viviendas No VIS, es decir, viviendas diferentes a interés social, consisten en una ayuda financiera a la tasa de interés de los créditos de vivienda nueva o leasing habitacional cuyos valores estén hasta 500 salarios mínimos legales vigentes (438 millones de pesos). De esta forma se ayudará al cierre financiero para que los hogares puedan adquirir vivienda.

El beneficiado podrá ver una disminución del valor que paga mensualmente por el crédito hipotecario o leasing habitacional; pues tendrá un subsidio de $439 mil pesos mensuales. Esto es posible, debido a que el gobierno dará 42 salarios mínimos de subsidio a quienes compren estas viviendas, es decir, un equivalente a $36 millones de pesos que se dividirán en 84 meses, los cuáles recibirá durante los primeros 7 años del préstamo.

Es necesario que los interesados manifiesten por escrito al establecimiento de crédito su intención de recibir el subsidio, antes del desembolso del crédito o de la suscripción del respectivo contrato de leasing habitacional, además que estos subsidios otorgados por el Gobierno Nacional solo aplicarán para la compra de vivienda nueva.

Cobertura plana

El monto del subsidio siempre será el mismo sin importar el valor del crédito, ya sea que el banco haya prestado 200 o 300 millones de pesos, el subsidio del gobierno siempre será de $439 mil mensuales. Esto significa una cobertura plana, que hace que la distribución de los subsidios sea eficiente en la cantidad de personas que pueden recibirla y equitativo en la cuantía que reciben.

Características:

Las características principales de estos subsidios de vivienda No VIS que irán hasta el 2022 son:

1. El rango de precios de viviendas a las que se puede aplicar va hasta 438 millones de pesos (500 SMMLV), de modo que hay un rango más amplios que el que existía en el FRECH No VIS que se eliminó en 2019.

2. De los 100 mil subsidios, 60.000 subsidios serán dirigidos exclusivamente para la compra de primera vivienda y 40.000 serán para la compra de segunda vivienda.  

3. Los subsidios solo se darán para compra de vivienda nueva ya sea sobre planos o para entrega inmediata. En el caso de compra sobre planos, el subsidio se solicita al momento de la legalización del crédito.  4. Se aplicará a créditos de vivienda que desembolsen o contratos de leasing habitacional que comiencen a partir del 18 de septiembre del 2020 y con fecha límite al 31 de diciembre del 2022 para desembolso o comienzo de un contrato de leasing.

Condiciones y requisitos

No haber recibido ningún subsidio de vivienda por parte del Gobierno Nacional y/o las Cajas de Compensación Familiar, ni ninguna cobertura de tasa de interés.

No existen restricciones de salarios o ingresos para aplicar al programa.

La postulación se hace a través de la entidad bancaria de la preferencia de la persona al momento de solicitar un crédito hipotecario o leasing habitacional. Se debe manifestar por escrito al establecimiento de crédito o caja de compensación, su intención de recibirla, antes del desembolso del crédito o de la suscripción del respectivo contrato de leasing habitacional.

Solo quienes sean beneficiarios o hayan recibido un subsidio familiar de vivienda en modalidad de arrendamiento podrán aplicar también a la cobertura a la tasa de interés para viviendas No VIS. Los beneficiarios de Mi Casa Ya no podrán recibir esta cobertura.

Cupos y dinámica de entrega

Son 100.000 coberturas o subsidios que se entregarán hasta 2022, o hasta que se agoten los cupos. El programa no tiene cupos asignados por regiones, sino una sola bolsa nacional, por lo cual opera por demanda, es decir, que se asignan a medida que se van solicitando, con independencia del lugar de la construcción de la vivienda. Dese cualquier lugar de Colombia se podrá comenzar a pedir este beneficio.

Terminación anticipada del subsidio

Por pago anticipado del crédito o hacer uso de la opción de compra tratándose de contratos de leasing habitacional.

Por mora en el pago de tres cuotas o cánones consecutivos a cargo del deudor o locatario del leasing habitacional. En este caso, la cobertura se perderá a partir del día siguiente al vencimiento de la última cuota o canon incumplido.

Por petición del deudor o locatario.

Por cesión del crédito por parte del deudor, excepto en los casos en que se ceda entre los titulares originales del crédito y cuando el nuevo deudor principal cumpla con las condiciones establecidas.

Por cesión del contrato de leasing habitacional por parte del locatario, excepto en los casos en que se ceda entre los titulares originales de la operación y cuando el nuevo deudor principal cumpla con las condiciones establecidas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.